Children (Facebook)

El pasado 15 de diciembre, tras más de tres años de negociaciones, el Parlamento Europeo y el Consejo Europeo llegaron a un acuerdo sobre la propuesta de la Comisión para la reforma de la protección de datos. Una negociación lenta, tediosa y llena de matices y dudas. Una propuesta para garantizar la seguridad de los datos de los ciudadanos y forzar a las empresas a garantizar un uso correcto de la información privada. Abriendo la puerta a sanciones y multas multimillonarias en caso de infracción.

La reforma sin embargo abre la puerta también a un elemento imprevisto pero con unas consecuencias potencialmente devastadoras para muchas multinacionales tecnológicas. En el artículo 8 hay un apunte crítico: los menores de 16 años no podrán ceder sus datos. De querer hacerlo necesitarán un consentimiento parenta explícito. ¿Qué quiere decir eso? Que para poder acceder a las redes sociales podría ser legalmente obligatorio un permiso previo de los padres, algo que ha desatado todas las alertas en el sector. El texto dice, literalmente, que «el tratamiento de los datos personales de un niño menor de 16 años será legal sólo en la medida que dicho consentimiento sea dado y autorizado por el titular de la responsabilidad parental sobre el niño».


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